UCU demanda colectivamente a FINANDINO por cobros indebidos

UCU demanda colectivamente a FINANDINO por cobros indebidos

Fue admitida la demanda colectiva contra FINANDINO COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. por prácticas abusivas en su servicio de tarjetas de crédito. La demanda es patrocinada por el Estudio Di Noto.

Con fecha 02/03/2018 la Sra. Jueza Alicia del Carmen MIRA, del Juzgado de 44A Nominación de la Ciudad de Córdoba, admitió la acción colectiva de la Asociación Civil “Usuarios y Consumidores Unidos” (UCU) en contra FINANDINO COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. por el cobro de cargos indebidos.

Desde hace varios años los usuarios del servicio de tarjetas de crédito extendidas por FINANDINO que incurren en mora sufren el cobro automático de un concepto bajo un ítem llamado “Cargo por aviso de mora”, denominado en los resúmenes como “AVISO MORA”, por un monto fijo.

Dicho monto es aumentado por la empresa cada tantos meses, y cobrado a todos sus clientes por igual al incurrir en mora. Dicho cargo consiste en un importe fijo que se aplica automáticamente a partir del día 7 de mora por un determinado monto ($ 18,04), a partir del día 16 por otro monto mayor ($ 36,06), a partir del día 22 por otro monto mayor ($ 90,16), siempre fijo.

Se trata de un monto fijo por atraso en el pago del resumen lo cual implica una práctica abusiva expresamente prohibida por la Ley de Tarjetas de Crédito 25.065, art. 14 inc. c), la cual es de orden público (art 57). Asimismo importa una violación a la normativa sobre protección de los usuarios de servicios financieros y la violación de otras numerosas disposiciones del estatuto consumeril en el Código Civil y Comercial de la Nación, la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, de Ley de Lealtad Comercial Nº 22.802 y lo dispuesto por la Constitución Nacional en su art. 42.

La acción colectiva iniciada constituye uno de los “procedimientos eficaces para la resolución de conflictos” a que hace referencia el art. 42 tercer párrafo de la Constitución Nacional. Y como tal, es una herramienta adecuada para enfrentar y solucionar el problema del carácter masivo y disperso de la afectación a los derechos de los usuarios y permite contrarrestar las circunstancias que limitan, restringen y obstaculizan la defensa de los afectados.

En la demanda se solicita el cese de práctica abusiva, el reintegro de cobros indebidos con sus intereses, y la aplicación de la multa civil establecida en el art. 52 bis de la LDC equivalente al máximo legal previsto, es decir la suma de cinco millones de pesos. Asimismo se solicita que el importe total de la multa en concepto de daño punitivo sea distribuido en partes iguales entre todos los usuarios afectados en los últimos cinco años.

EN LOS MEDIOS:
Comercio y Justicia:
La Justicia admitió acción colectiva contra Finandino
https://comercioyjusticia.info/blog/justicia/la-justicia-admitio-accion-colectiva-contra-finandino/